COMECAMINOS VOLKSWAGEN CLUB / CARACAS - VENEZUELA

CAPITULO I

DEL NOMBRE, DOMICILIO Y OBJETIVOS

ARTICULO 1 : De conformidad con lo establecido en el Acta Constitutiva de fecha (08/05/2004), registrada en (Caracas _ Venezuela), se creo una Asociación Civil sin fines de lucro, que se denominara COMECAMINOS VOLKSWAGEN CLUB y se identifica con las siglas CVWC . Con domicilio legal y sede principal en la Gran Caracas. Su duración es ilimitada y establecerá un vinculo natural con otros clubes de su genero a nivel regional, nacional e internacional.

ARTICULO 2 : Entre los objetivos principales de dicho club figuran Los siguientes:

•  Cultivar la amistad y solidaridad.

•  Participar en competencias deportivas con otros clubes y organizaciones afines.

•  La realización de viajes en autos Volskwagen de cualquier tipo con propósitos sociales, turísticos y deportivos a fin de conocer e intercambiar inquietudes, manifestaciones e ideas con personas afines dentro del país.

•  Participar en actividades dirigidas a combatir la violencia, las drogas, el ocio y el vicio en cualquiera de sus manifestaciones.

•  Colaborar en actividades de contingencia y situaciones de emergencia local, regional y nacional.

•  Fomentar las actividades culturales, deportivas, religiosas y sociales en general, que tienda al crecimiento personal de sus afiliados.

CAPITULO II

DE LOS MIEMBROS, AFILIACION, CATEGORIAS - DEBERES, DERECHOS Y DESAFILIACION

ARTICULO 3 : Serán miembros de COMECAMINOS VOLKSWAGEN CLUB, las personas que figuran en el Acta Constitutiva y quienes manifiesten su voluntad de afiliarse ante la Junta Directiva.

ARTICULO 4 : Son requisitos indispensables para ser miembro de COMECAMINOS VOLKSWAGEN CLUB.

•  Tener un Volskwagen propio y con su debida autorización legal.

•  Tenerlo en buenas condiciones de mantenimiento para paseos programados.

•  Presentar copia de la cedula de identidad y documento de propiedad o autorización.

•  Someterse a un periodo de prueba de dos ( 2 ) meses, luego la asamblea decidirá por mayoría si es aceptado o no y se le tomara en cuenta sus cualidades, su actuación y la asistencia durante el periodo de prueba.

ARTICULO 5 : COMECAMINOS VOLKSWAGEN CLUB estará integrado por tres ( 3 ) categorías de miembros a saber: Miembros Naturales. Contribuyentes y Honorarios :

•  Serán Miembros Naturales : Las personas que así lo solicitaran ante la Junta Directiva , previo cumplimiento de los requisitos exigidos.

•  Serán Miembros Patrocinantes : Las personas naturales o jurídicas que hayan prestado una sostenida contribución económica, profesional o técnica al club y serán designadas tales por la Asamblea General. •  Serán Miembros Honorarios : Las personas naturales o jurídicas que por una meritoria y bien acreditada labor en pro del club. Fuesen distinguidas con tal designación par la Asamblea General previa postulación y aprobación de la mayoría de los miembros de la Junta Directiva o de diez (10 ) miembros naturales.

ARTICULO 6 : Son deberes de los miembros naturales :

•  Cumplir y hacer cumplir el reglamento y demás acuerdos, resoluciones y veredictos emanados de la Asamblea General , de la Junta Directiva y del Tribunal Disciplinario.

•  Conservar buena conducta dentro y fuera del club.

•  Cumplir a cabalidad cualquier comisión que se le encomiende.

•  Velar por la unidad del club.

•  Asistir a todos los actos que convoque la junta directiva.

ARTICULO 7 : Son derechos de los miembros naturales :

•  Elegir y ser elegidos para ocupar cualquier cargo que le asigne la Asamblea General.

•  Disfrutar de los beneficios del club conforme al reglamento.

ARTICULO 8: Son derechos de los miembros honorarios :

•  Ocupar siempre los puestos de honor en todos los actos que fuesen invitados.

•  Ejercer derecho a voz ante la Asamblea General , aquel miembro que fuere elegido por la asamblea.

•  Para ocupar algún cargo tendrá derecho al voto.

ARTICULO 9: La condición de miembro natural se perderá :

•  Por renuncia voluntaria expresada por escrito.

•  Por veredicto de tribunal disciplinario, previa solicitud de judo emanada por la junta directiva o de oficio del propio tribunal disciplinario.

CAPITULO III

DE LA ASAMBLEA GENERAL , SESIONES Y ATRIBUCIONES DEL COMITE ELECTORAL

ARTICULO 10: La Asamblea General es la máxima autoridad del club y sus decisiones se denominaran con acuerdo de carácter irrevocable.

ARTICULO 11: La asamblea será constituida por la reunión conjunta de todos los miembros regulares. Las seciones se realizaran en forma ordinaria y extraordinaria.

ARTICULO 12: La Asamblea General sesionara en forma ordinaria mínimo una (1) vez al mez y en forma extraordinaria cuando las circunstancia así lo ameriten, con previa convocatoria de la junta directiva. O con la tercera parte de los miembros regulares del club.

ARTICULO 13: Las decisiones de la Asamblea General se tomaran por votación directa y universal. Tales decisiones serán validadas siempre y cuando los votos superen el cincuenta (50%) de los miembros regulares presentes.

ARTICULO 14: Son atribuciones de los miembros, al menos 50% más uno de ellos, reunidos en Asamblea General

•  .Elegir la Junta Directiva , el Tribunal Disciplinario.

•  Aprobar o negar la memoria y cuenta de la Junta directiva y los informes del Tribunal Disciplinario y cualquier comisión que ella designe.

•  Elaborar su propio reglamento interno.

•  Remover total o parcialmente a la Junta directiva o al Tribunal Disciplinario antes del termino del periodo.

•  Conceder el derecho a voz a personas naturales o jurídicas presentes en las sesiones.

CAPITULO IV

DE LA JUNTA DIRECTIVA , ELECCIONES. REUNIONES Y ATRIBUCIONES

ARTICULO 15: COMECAMINOS VOLKSWAGEN CLUB esta dirigido, representado y administrado por una Junta Directiva Integrada por todos los miembros del club.

ARTICULO 16: La Junta Directiva será elegida por la Asamblea General mediante votación universal. Durara ( 1 ) un año en sus funciones y en ella estarán representados por lo menos tres ( 3 ) miembros naturales.

ARTICULO 17: La junta Directiva se reunirá ordinariamente mínimo una vez al mes y en forma extraordinaria cuando la circunstancia lo exija, por convocatoria del presidente, de oficio o solicitud de tres ( 3 ) de sus miembros, o por solicitud del tribunal disciplinario, o de cinco ( 5 ) miembros naturales.

ARTICULO 18: Las decisiones de la junta directiva se denominaran resoluciones, y se tomaran por mayoría simples de votos emitidos y serán de obligatorio cumplimiento para todos los miembros, quienes tendrán sin embargo el derecho de apelación ante el tribunal disciplinario en primera instancia y en ultima instancia a la asamblea general.

ARTICULO 19: Son atribuciones de la junta directiva :

•  Cumplir y hacer cumplir los estatutos, los veredictos del tribunal disciplinario y los acuerdos de la asamblea general.

•  Administrar idóneamente el patrimonio del club.

•  Admitir o no la solicitud de afiliación a miembros naturales al club.

•  Convalidar o anular la actuación de algunos de sus miembros que se hubieren arrogados la representación de la junta directiva y del club sin estar debidamente autorizados.

•  Presentar la memoria y cuenta de su gestión administrativa trimestralmente a la asamblea y al terminar deberá entregarle un informe anual a la junta directiva entrante.

•  Solicitar ante la Asamblea o Tribunal Disciplinario el remover algún miembro de su cargo.

•  Y en general, realizar todas aquellas actividades que redunden en beneficio del club.

ARTICULO 20: Son atribuciones de los miembros de la junta directiva:

Del Presidente:

•  Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos y reglamentos.

•  Representar al club ante eventos de carácter local, regional, nacional e internacional.

•  Convocar y presidir las reuniones de la junta directiva así coma la asamblea general.

•  Firmar en unión del Tesorero, valores y efectos económicos del club.

•  Firmar en unión del secretario de actas de las reuniones de la junta directiva y de la asamblea general, así coma las correspondencias y todos los documentos públicos y privados que el club expida.

•  Delegar a otros miembros de la junta directiva la representación en actos de simple protocolo.

•  Y en general trabajar eficazmente para la buena marcha y crecimiento del club.

ARTICULO 21: Son atribuciones: del Secretario (a) :

•  Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos y reglamentos.

•  Llevar el registro de los miembros.

•  Preparar la agenda verificar el quórum en cada reunión ordinaria a extraordinaria de la junta directiva y de la asamblea general.

•  Coordinar todo el trabajo operativo del club.

•  Organizar, custodiar y guardar el archivo del club.

•  Tomar la minuta en las reuniones de la junta directiva de la asamblea general y Llevar Los libros de actas.

•  Firmar junto al presidente las actas, las correspondencias y otros documentos que el club expida.

•  Y en general ejecutar todas las acciones que señalen la junta directiva y la asamblea general.

ARTICULO 22: Son atribuciones del tesorero (a):

•  Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos y reglamentos.

•  Llevar el sistema administrativo de los ingresos y egresos del club de acuerdo a técnicas convencionales de contabilidad.

•  Abrir, movilizar y cancelar las cuentas bancarias.

•  Firmar junto con el presidente, títulos y otros efectos económicos del club.

•  Informar de los movimientos financieros en cada reunión de la junta directiva, ante la asamblea general o cuando se le solicite.

•  Y en general, todas aquellas que le señalen la junta directiva y la asamblea general.

  CAPITULO V

DEL TRIBUNAL DISCIPLINARIO. ELECCION. CONSTITUCION

REUNIONES. ATRIBUCIONES. CAUSAS Y SANCIONES

ARTICULO 23: La disciplina del club estará a cargo del tribunal disciplinario, el cual velara por el cumplimiento de los presentes estatutos, reglamentos internos y veredictos según los actos emanados de los órganos del club.

ARTICULO 24: El Tribunal disciplinario sesionara por convocatoria de su presidente o por solicitud de la junta directiva cuando el caso lo amerite, estableciéndose el quórum en la asistencia de tres ( 3 ) miembros, sus decisiones se denominarán veredictos y serán apelables ante asamblea general.

ARTICULO 25: Son atribuciones del tribunal disciplinario:

•  Cumplir y hacer cumplir el acta constitutiva y los presentes estatutos, así como los reglamentos, los acuerdas, resoluciones y veredictos de las órganos de la institución.

•  Sancionar a los miembros naturales y personas que integran la junta directiva.

•  Comunicar oficialmente los veredictos a la junta directiva, a los fines de su cabal ejecución y cumplimiento.

•  Convocar a la asamblea general cuando la junta directiva no se reuniera sin causa justificada en un lapso de tres ( 3 ) meses.

•  Realizar todas aquellas actividades que tiendan a mantener el estricto cumplimiento del orden y la disciplina en el seno del club.

ARTICULO 26: Los miembros naturales que integren la junta directiva al igual que los miembros del tribunal disciplinario podrán ser sometidos a sanciones por este, por las siguientes causas:

•  Por incumplir o violar los presentes estatutos, así como los acuerdos, resoluciones, veredictos y reglamentos internos del club.

•  Por denigrar o irrespetar el club, a la junta directiva, al tribunal disciplinario o a cualquiera de los afiliados.

•  Por realizar cualquier tipo de actividad sin estar debidamente autorizado por la junta directiva y el tribunal disciplinario.

•  Por observar una conducta inadecuada que perjudique la imagen del club y la suya propia.

•  Por fomentar la discordia dentro del club.

ARTICULO 27: El miembro acusado. tendrá derecho a ser oído en defensa par el tribunal disciplinario y a conocer la procedencia de la acusación.

ARTICULO 28: Comprobado cualquiera de las hechos a que se refiere el articulo 28, de estos estatutos, el tribunal disciplinario impondrá al miembro las siguientes sanciones:

•  Amonestación par escrito.

•  Suspensión parcial a total de sus derechos.

 

REGLAMENTOS DE VIAJ E Y DE LOS PASEOS

  Se estableció que las reglas para los viajes serán definidas en reuniones previas a los eventos o paseos.